El catastro virtual es una fuente de información básica a la que necesariamente hay que recurrir a la hora de analizar el perfil de una ciudad, porque nos proporciona un conocimiento muy detallado del continente inmobiliario que da cabida a las personas y actividades que se hacen en la ciudad.
Tal y como se menciona en el Portal de la Dirección general de Catastro, “el Catastro inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas donde se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales”. La inscripción de los bienes inmuebles es obligatoria y gratuita, tal y cómo se regula en el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. Por cierto, la palabra “catastro” tiene su origen en el griego “κατάστιχον”.
Información sobre el catastro
A pesar de que el Catastro se constituye con una finalidad tributaria, gestionado por el Estado central, en las últimas décadas, y sin perder su función originaria, ha acontecido progresivamente una base de datos territorial, utilizada por otras administraciones y fedatarios públicos, así como por empresas y ciudadanos. El hecho de que el Catastro haya incrementado de manera significativa el conjunto de datos y descripciones de los bienes inmuebles rústicos y urbanos registrados (superficies, situación, límites, uso urbanístico, cultivos o aprovechamientos, calidades, valores y otras circunstancias físicas, económicas y jurídicas, información planimétrica, coordenadas geográficas, referencia catastral, valor y titular catastral), ha hecho que su valor sea cada vez más importante, dado que ofrece, en conjunto, una información con una precisa contrastación e identificación de las fincas, tanto a efectos de actuaciones notariales o registrales, como para hacer análisis de cariz más propiamente territoriales.
En este contexto, si bien la formación, conservación, renovación, revisión y otras funciones inherentes a los catastros inmobiliarios, sigue siendo competencia exclusiva del Estado a través de la Dirección general del Catastro (DGC), es cada vez más habitual la realización de convenios de colaboración entre la DGC y los ayuntamientos, diputaciones provinciales, cabildos, consejos insulares u otras entidades locales reconocidas por las leyes, por su actualización.
Así, en paralelo, se ha ido ampliando su utilización con otras finalidades cómo son el control de subvenciones nacionales o comunitarias, hasta llegar a la elaboración del Censo de Población y Vivienda de 2011, para el que la información administrativa generada por el Catastro, ha sido una de las bases de partida, según se especifica en la propia metodología: “Se plantea un censo completo de edificios, con especial hincapié en la enumeración de todos los inmuebles de los edificios destinados a vivienda. Análogamente a lo planeado para la población, se realizará una fase de “fichero precensal” de territorio, consistente en un cruce previo entre los datos del Censo 2001, Padrón y Catastro fundamentalmente, …”. “Como principal fuente externa cono la que contrastar y completar dicha información, se cuenta cono la colaboración de la Dirección General del Catastro”.